EN CASO SAN ANTONIO ABAD, LA ALCALDÍA CUAUHTÉMOC REITERA QUE HA ACTUADO EN APEGO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE
Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, a 18 de marzo de 2026.
TARJETA INFORMATIVA
La Alcaldía Cuauhtémoc y la alcaldesa Alessandra Rojo de la Vega informan que, contrario a lo que han señalado algunos legisladores, la actuación de esta autoridad se apegó en todo momento a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.
El 17 de octubre de 2025, la alcaldía emitió una prevención en la que se señalaron 10 riesgos por los cuales no era procedente autorizar la demolición, otorgando un plazo de cinco días hábiles (a partir de la notificación) para subsanar las observaciones emitidas.
Al no haber sido atendidas estas observaciones dentro del plazo legal —que transcurrió del 4 al 11 de diciembre de 2025—, la solicitud se tuvo por no presentada, tal como lo establece la propia norma en su artículo 45, que establece:
“Artículo 45.- Cuando el escrito inicial no contenga los requisitos o no se acompañe de los documentos previstos en el artículo anterior, la autoridad competente prevendrá por escrito y por una sola vez al interesado o, en su caso, al representante legal, para que dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la notificación de dicha prevención subsane la falta. En el supuesto de que en el término señalado no se subsane la irregularidad, la autoridad competente resolverá que se tiene por no presentada dicha solicitud.”
El oficio emitido el 10 de marzo de 2026 no constituye una nueva determinación; únicamente formaliza, en términos administrativos, que la solicitud de licencia de demolición se tuvo por no presentada, efecto que ya había operado por ministerio de ley desde el 12 de diciembre, conforme a lo señalado en el oficio de prevención.
Es decir, la empresa nunca contó con una licencia de demolición otorgada por la alcaldía.
Lo que sí existió fue un otorgamiento de facilidades emitido por la Secretaría de Vivienda del Gobierno de la Ciudad de México, bajo el cual se llevó a cabo la demolición.
En ese mismo sentido, la Alcaldía Cuauhtémoc ha solicitado, a partir de reportes vecinales, la realización de visitas de verificación en seis inmuebles que operan bajo este esquema de facilidades, mismas que han sido negadas bajo el argumento de que se trata de facultades exclusivas del Gobierno de la Ciudad de México.
Los plazos y efectos están establecidos en la ley y no dependen de interpretaciones.
Para la alcaldesa Ale Rojo de la Vega, este caso pone sobre la mesa la necesidad de revisar el esquema actual de autorizaciones y supervisión en demoliciones, particularmente aquellas que se realizan bajo acuerdos de facilidades, a fin de garantizar condiciones de seguridad más estrictas y una coordinación efectiva entre el gobierno central y las alcaldías.
La Alcaldía Cuauhtémoc reitera su disposición a participar en la construcción de un modelo que incorpore a las autoridades de las demarcaciones territoriales en la toma de decisiones y en las labores de verificación, con el objetivo de evitar que hechos como este se repitan.

